

Le apoyaremos y le daremos toda la información y facilidades necesarias para ayudarle con la gestión de nóminas, información de salarios, seguridad social, condiciones contractuales, vacaciones o deducciones salariales.
Nada es más importante que su capital humano, nosotros como empresa de servicios lo sabemos muy bien. Como su socio en España (Madrid y Barcelona), Henry Towers se encargará de la vida útil de sus empleados más valiosos, desde la fecha de contratación hasta la fecha de su jubilación. Brindar un servicio integral para asegurarnos de que maximizamos el valor de su salario a la vez que contenemos sus cargas sociales. Henry Towers se encargará de todo el proceso, desde la contratación de un empleado hasta el despido, podemos gestionar sus convenios colectivos y apoyarle con obligaciones y deberes de terceros. Como su socio en España le proporcionaremos toda la facilidad a nuestro alcance.
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Análisis
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Ejecución
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Informe
En Henry Towers queremos facilitarle en la medida de lo posible la gestión de su negocio, a la vez que le aseguramos que cumple y está al día con sus obligaciones con la legislación española y con la oficina de la Seguridad Social.
Nuestros equipos recopilarán la información requerida así como el contexto del negocio, para nosotros es importante tener un conocimiento completo de su negocio para poder proponerle las mejores opciones en cada servicio. Es importante para nosotros tener una comprensión completa de su negocio, especialmente si usted viene de otro proveedor de servicios, con el fin de hacer una implementación y transferencia sin problemas de sus datos y cálculos.
le enviaremos a Henry Towers todas las variaciones por ciclo de nómina y nosotros nos encargaremos del resto, añadiremos la información en el sistema, validaremos la información y nos aseguraremos de que esté completa, procesaremos el cálculo y gestionaremos los informes legales, así como sus informes y nóminas. Podemos ofrecer pagos a los empleados si usted requiere que paguemos a sus empleados en su nombre.
Usted será actualizado de los procesos, tanto durante la configuración como durante los ciclos de pago. Incluyendo los informes de gestión que pueda necesitar, nuestro equipo siempre lo mantendrá actualizado hasta la conclusión del evento/proceso y lo contactará periódicamente con ideas para mejorar el proceso.
La legislación en esta materia es muy amplia, hasta aquí hemos extraído lo que consideramos que podrían ser las áreas más interesantes para usted.
Relacionadas con los convenios colectivos:
Sobre el empleo. Se regulan los derechos y obligaciones relativos a la relación laboral:
Las disposiciones legales y reglamentarias se aplicarán estrictamente con sujeción al principio de jerarquía normativa. Las disposiciones reglamentarias desarrollarán los preceptos que establecen las normas de rango superior, pero no podrán establecer condiciones de trabajo diferentes a las establecidas por las leyes a desarrollar.
Los conflictos que surjan entre las disposiciones de dos o más normas laborales, tanto estatales como contractuales, que en todo caso respetarán los requisitos mínimos necesarios, se resolverán aplicando las más favorables al empleado apreciado en su conjunto, y en el cómputo anual, respecto de los conceptos cuantificables.
Los usos y costumbres sólo se aplicarán en ausencia de disposiciones legales, convencionales o contractuales, salvo que dispongan de una recepción o remisión expresa.
Los empleados no podrán disponer válidamente, antes o después de su adquisición, de los derechos que hayan reconocido por las disposiciones legales de derecho necesario. Tampoco pueden disponer válidamente de los derechos reconocidos como no disponibles por el convenio colectivo.
Derechos laborales:
Obligaciones laborales:
Es necesario conocer los días trabajados y las ausencias, así como las posibles incidencias como los períodos de enfermedad. También es necesario saber si ha habido horas extras o si recibirá algún bono o suplemento, así como si el trabajador ha recibido algún adelanto del salario.
Las relaciones empresa-trabajador están reguladas por los Convenios Colectivos que constituyen la norma específica a tener en cuenta para determinar las condiciones mínimas relativas a salario, categorías, días, vacaciones, etc.... Gestionamos la aplicación del convenio colectivo a su empresa.
Sí, ya que la regla general es que todas las cantidades percibidas por el trabajador son asalariadas y, por tanto, se cotizan a la Seguridad Social. En general, la mayoría de los conceptos son, con algunas excepciones, tales como: indemnización de transporte, distancia, gastos de estancia, gastos de viaje, indemnizaciones por despido o mudanza, etc.... Nuestro trabajo es asesorarle en todos estos aspectos, para que usted maximice el salario de su empleado sin incurrir en gastos sociales adicionales.
Sí, y esto puede deberse al hecho de que la remuneración es diaria, o a una regularización de la tasa de retención aplicable. Hay que tener en cuenta que la empresa debe comprobar la retención de sus trabajadores para que sea en todo momento la que corresponda según las circunstancias personales de cada trabajador.
Sí, sólo tiene que enviar los boletines de cotización y solicitar un aplazamiento periódico. De esta forma, la obligación de presentar los boletines de cotización a tiempo, la empresa no pierde la condición de estar al corriente de pago y obtiene la posibilidad de pagar el importe, con los recargos correspondientes.
Sí. Nuestra empresa utiliza un sistema que nos permite conectarnos directamente con los ordenadores de la Seguridad Social y comunicar los altibajos, solicitar certificados de estar al día con el pago, etc... con la máxima rapidez y a través de una simple llamada telefónica del cliente.
En primer lugar, es necesario comunicar, antes de la prestación de los servicios por parte del trabajador, su alta en la Seguridad Social y preparar el contrato de trabajo.
Para llevar a cabo el contrato y el contrato es necesario conocer, además de los datos personales: el trabajo a realizar, la formación o los estudios, el calendario y el día, la duración del contrato y el salario. En algunos casos es imprescindible que el trabajador esté inscrito como desempleado en el INEM (Oficina de Desempleo) y si se trata de un trabajador extranjero, primero debe comprobarse que posee el permiso de trabajo correspondiente.
Sí, no sólo es posible, sino que es lo primero que hay que hacer para conocer el costo que tendrá para la empresa e incluso poder evaluar la oportunidad entre los diferentes tipos de contratos para maximizar los subsidios y ayudas del gobierno.
Precisión, esto es lo que requiere este servicio. En Henry Towers, ofrecemos un servicio excepcional. Nuestro proceso es muy sencillo para nuestros clientes, nos aseguramos de que comprendan sus necesidades y el contexto de su negocio, procesamos la tarea y le informamos sobre el estado y la finalización de la misma.
Accounting and Payroll Manager en Henry Towers