Registro y gestión de derechos

Gestionamos obligaciones legales, contabilidad, declaraciones de impuestos, impuestos, gestión de cuentas, servicios legales, para la tranquilidad de su negocio.

Hacer negocios en España (Madrid y Barcelona) es estupendo, aunque navegar por el marco legislativo puede ser complicado. En Henry Towers queremos ser su socio en España, por lo que no tendrá que preocuparse de ningún requisito legal o fiscal. Actuaremos en su nombre y quitaremos toda esta carga de su camino, para que pueda concentrarse en lo que realmente importa: su negocio.

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Metodología

1

Análisis

  • Información
  • Requisitos

2

Ejecución

  • Procesamiento
  • Validar

3

Informe

  • Finalización
  • Estado

Se trata de un servicio único, en el que nos aseguraremos de que usted cumple y está al día con sus obligaciones hacia la legislación española y las autoridades fiscales, con independencia de que los servicios relacionados con la contabilidad se subcontraten con Henry Towers. Nuestro objetivo es ser su socio en España, y asegurarnos de que la gestión de su negocio sea tan fácil como uno, dos y tres.

Recopilación de información y comprensión del contexto

Nuestros equipos trabajarán con usted y sus equipos para definir el calendario de obligaciones y deberes en función de su actividad empresarial y de los planes futuros dentro de su empresa. Este calendario no necesita ser absoluto, ya que entendemos que su negocio está vivo y cambiará. En la medida en que nos mantenga informados por adelantado de sus operaciones, podremos anticiparnos a cualquier obligación, informarle del impacto potencial y entregarle la ejecución, para mantenerlo seguro y conforme.

Proceso de ejecución sobre la gestión de tareas

Nuestros expertos trabajarán y prepararán todo el papeleo con sus equipos (si es necesario) para su validación antes de presentarlo a la autoridad competente.

Informe de registro y gestión de obligaciones

Se le notificarán los procesos en los que estamos trabajando y se le solicitará la validación de la información que le enviaremos en su nombre. Nuestro equipo siempre le proporcionará una estimación de los costes y los impuestos requeridos por el organismo legal, si los hubiera.

Dado que el servicio ofrecido es una gama completa de muchos servicios, la legislación aplicable es muy amplia. En esta sección resumiremos la legislación más relevante.

OBLIGACIONES FORMALES DE LAS EMPRESAS

Los contribuyentes que deban presentar la declaración del impuesto sobre la renta de las personas jurídicas deberán llevar la contabilidad de conformidad con el Código de Comercio y demás legislación aplicable.

Los libros obligatorios que se exigen a los contribuyentes son:

  • Libro de inventario y estados financieros, que se abrirá con el balance inicial detallado de la empresa y se transcribirá al menos trimestralmente con las sumas y saldos, así como el inventario al cierre del ejercicio y los estados financieros. Los estados financieros incluyen las siguientes cifras:
    • Balance de situación.
    • Cuenta de pérdidas y ganancias.
    • Notas a los estados financieros.
  • El diario registrará todas las operaciones relacionadas con la actividad del diario de negocios. Sin embargo, se permite una anotación de los totales de las operaciones para períodos que no excedan de un mes, si su detalle se refleja en otros libros.
  • Libro de actas que contenga, al menos, todos los acuerdos adoptados por la Junta General Ordinaria o Extraordinaria y por los demás órganos colegiados de la sociedad.
  • Libro registro de las acciones, en el Sistema Armonizado y en las acciones limitadas.
  • Libro registro de los accionistas de una SL.
  • Libro registro de contratos entre la empresa y su accionista para las empresas que tienen un solo accionista (Sociedades unipersonales).

Sistema contable simplificado para todos los sujetos contables (personas físicas y jurídicas) cuando durante dos ejercicios fiscales consecutivos concurran al menos dos de las siguientes circunstancias: - El total del activo no supera el millón de euros. - Los ingresos anuales totales no superan los dos millones de euros. - El número medio de empleados durante el período del informe no excede de diez.

El plazo de depósito de las cuentas anuales está establecido en el artículo 279 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas:

"dentro del mes siguiente a la aprobación de los estados financieros, los administradores de la sociedad presentarán para su inscripción en el Registro Mercantil la certificación debidamente firmada de los acuerdos de las asambleas de accionistas para la aprobación de los citados estados financieros y la aplicación del resultado, así como, en su caso, de los estados financieros consolidados, a los que se adjuntará copia de cada uno de ellos. Asimismo, los administradores presentarán el informe de gestión, cuando sea preceptivo, y el informe de auditoría, cuando la sociedad esté obligada por ley a realizar actividades de auditoría o lo haya acordado a petición de la minoría o de forma voluntaria, siempre que el nombramiento del auditor haya sido inscrito en el Registro Mercantil".

Explícitamente, el reglamento del Registro de Comercio establece la obligación de presentar los siguientes documentos:

  • Formulario de solicitud debidamente firmado por el representante.
  • Certificado de aprobación de los estados financieros que incluya la distribución y aplicación del resultado del ejercicio y que establezca si los estados financieros han sido objeto de auditoría.
  • Copia de los estados financieros debidamente firmados por los directores.
  • Copia del informe de gestión firmado por los administradores.
  • Copia del informe de auditoría, si la empresa tiene la obligación de verificación contable.
  • Un certificado de las acciones propias si las hubiera.

Una vez depositadas las cuentas, el Registro de Comercio calificará los estados financieros en el plazo de quince días aprobando bajo su responsabilidad si los documentos presentados son los exigidos por la ley, si están debidamente aprobados y si las firmas son las obligatorias.

El Impuesto sobre Sociedades debe contener la siguiente información:

  • Los datos identificativos de la empresa.
  • Los datos económicos que determinan la base imponible.
  • La deuda o crédito fiscal resultante.

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se cumplimentará mediante el Formulario 200. Sin embargo, en el caso de grupos de empresas, también será necesario presentar el Formulario 220. Ambas declaraciones de impuestos deben presentarse en línea mediante presentación telemática.

El plazo para presentar el Impuesto sobre Sociedades es de 25 días naturales a partir de los seis meses siguientes a la finalización del período impositivo.

En el caso de un resultado a pagar o de una solicitud de reembolso, el importe se cargará o abonará en la cuenta bancaria de la empresa si así se solicita. De lo contrario, se entregará a las autoridades fiscales.

Los pagos a cuenta son un anticipo sobre la deuda tributaria a pagar del cálculo anual:

  • Los plazos para presentar los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades son durante los 20 primeros días naturales de abril, octubre y diciembre.
  • Los pagos a cuenta se realizarán mediante el Formulario 202.

Existen dos métodos diferentes para calcular los pagos a cuenta:

  • El pago a cuenta se calcula aplicando el 18% sobre la deuda fiscal del último modelo de declaración del Impuesto sobre Sociedades.
  • Para las empresas cuyo ingreso neto supere los 6 millones de euros en los últimos 12 meses, el anticipo a cuenta se calcula aplicando un porcentaje de 5/7 del tipo impositivo a la base imponible de los tres, nueve u once primeros meses del ejercicio. Para los contribuyentes que apliquen el tipo impositivo general del Impuesto sobre Sociedades (25%), el tipo impositivo aplicado a los anticipos será del 17%. Este método también puede aplicarse a las empresas cuyos ingresos netos no alcancen el umbral mencionado si se presenta una comunicación en febrero del ejercicio fiscal mediante la presentación del Formulario 036.
  • Para las empresas cuyo ingreso neto supere los 10 millones de euros en los últimos 12 meses, existe una deuda tributaria mínima para el pago a cuenta.

¿Tendría un calendario de todas mis obligaciones, a pesar de que el servicio es proporcionado por Henry Towers?

Absolutamente, desarrollaremos dicho calendario al principio de nuestro servicio, y lo mantendremos actualizado durante todo el año, incluyendo las mudanzas de su negocio. Le concedemos acceso a esta información crítica, aunque no se le pide que cumpla con ninguna de las tareas programadas.

¿Tengo que pagar una cuota por cada obligación cumplida?

No, nuestro modelo simplificado establecerá una cuota mensual de acuerdo con usted, por lo que sólo tendrá que preocuparse de los impuestos e importaciones que su negocio pueda necesitar para satisfacer a los organismos legales españoles. Estos serán calculados y pronosticados con antelación por nuestro equipo de expertos.

¿Cuáles son las obligaciones y deberes en España?

Desafortunadamente hay muchos y pueden variar dependiendo de la actividad de su negocio, algunos son comunes:

  • Declaraciones de IVA - Declaración trimestral de IVA - Formulario 303 (trimestral) y Formulario 390 anualmente.
  • Impuesto de sociedades - Impuesto de sociedades - Formulario 190
  • Declaración anual de operaciones con terceros - 3rd party business declaration - Form 347
  • Impuesto de actividades económicas - Impuesto sobre actividades económicas - Formulario 840

¿Qué pasa si llego tarde o no cumplo con una obligación?

Ciertamente esto no le ocurrirá con nuestro servicio, pero en caso de que se le ocurra a usted. Se le pedirá que pague una sanción, además de cumplir con las obligaciones con intereses. En Henry Towers podemos ayudarle si se encuentra en esta situación a mediar con el órgano estatutario y tratar de reducir, si no eliminar, la sanción y el interés de su obligación.

Gerente de Contabilidad y Nóminas
Gerente de Contabilidad y Nóminas

Se trata de un servicio único en su género, en el que le garantizamos el pleno cumplimiento y actualización de sus obligaciones frente a la legislación y la Administración Tributaria española.

Accounting and Payroll Manager en Henry Towers